Estado laico, derechos sexuales y reproductivos en la agenda política


Patricia Galeana
(Tomado de La Jornada)

La construcción del Estado laico mexicano ha costado una guerra civil, la intervención extranjera más prolongada de su historia, una rebelión cristera y muchos enfrentamientos más. Ha sido muy difícil superar la cultura de la intolerancia impuesta desde la conquista española.
La alianza entre el Estado español y el pontificado unió los asuntos políticos y los religiosos. Consumada la independencia de México, la intolerancia y el Estado confesional prevalecieron hasta que a mediados del siglo XIX los liberales quisieron limitar sus fueros y la Iglesia patrocinó un movimiento armado para derrocar al gobierno. Estallaron la guerra civil y todos los enfrentamientos que hemos mencionado, hasta que años después se concluyó la guerra cristera mediante una entente cordial, en la que sin derogarse las leyes que inconformaban a la Iglesia tampoco se respetaban.
En realidad las leyes de Reforma se aplicaron con todo rigor sólo en el gobierno de Sebastián Lerdo, ya que durante la dictadura porfirista la Iglesia retomó su poder político. Al apoyar la jerarquía católica la usurpación de Victoriano Huerta, los constituyentes de 1917 consideraron que no era suficiente la separación entre el Estado y la Iglesia, sino que había que establecer la supremacía del Estado. En los gobiernos de Álvaro Obregón y Plutarco Elías Calles la jerarquía religiosa se enfrentó al Estado, y éste respondió con toda su fuerza. Después, la laxitud dependió del gobernante en turno.
La institución eclesiástica ha presionado al Estado mexicano para que se deroguen las leyes que la incomodan, o para que haga las que considera acordes a sus posiciones. La institución clerical tiene el derecho de hacerlo; lo que es inadmisible es que en un Estado constitucionalmente laico se adopten políticas confesionales. Es el caso de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.
El presidente Felipe Calderón intentó frenar la despenalización del aborto en las primeras 12 semanas de gestación, que aprobó la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, mediante la acción de inconstitucionalidad que promovió su procurador. Afortunadamente la Corte falló la constitucionalidad de la interrupción legal del embarazo. Después, el Presidente se encargó de que algunos ministros que ingresaron al máximo tribunal de la nación fueran afines a sus ideas confesionales. El hecho quedó de manifiesto en los dos casos más recientes que se han presentado sobre el tema, correspondientes a Baja California y San Luis Potosí, donde no se alcanzó la votación necesaria para declarar la inconstitucionalidad de las leyes contrarias a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.

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