Comunicado de la Cámara de la Industria de la Radio y la Televisión
LA LEY ELECTORAL Y LOS CRITERIOS DE LA AUTORIDAD ATENTAN CONTRA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y lIMITAN LA ACTIVIDAD PERIODÍSTICA
En el año 2007, académicos, periodistas y la industria de la radio y la televisión advirtieron sobre tos nocivos efectos que tendría la Reforma Electoral. Hoy, en pleno proceso electoral y a tan soto unas semanas de las elecciones, se confirma que les reglas y criterios derivados de ella, vulneran la libertad de expresión y atacan la actividad periodística.
Recientes decisiones tomadas por algunas autoridades electorales, lejos de dotar de reglas claras a los actores involucrados, han generado aún mayor confusión para medios y comunicadores de la radio y la televisión. Como ejemplos:
o El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó sancionar a fa estación XEEMZ-FM, de Tabasco, por hacer más entrevistas de las que “debió” haber hecho. Entrevistar una vez por semana se consideró propaganda electoral al ser “una serie de actos concatenados reiterados con ¡a finalidad de posicionar a (un) posible precandidato.”
o El Tribunal ordenó al IFE iniciar “procedimiento especial sancionador” contra estaciones de radiodifusión por entrevistar a los candidatos del PRD y PRI a la gubernatura de Michoacán, al ser acusadas de “vender entrevistas, aunque no haya prueba alguna de que eso sucediera Ahora, a 21 estaciones y 46 comunicadores “se les aduce una probable participación” en actos indebidos.
o El Tribunal condenó la entrevista transmitida en Historias Engarzadas por la estación XHDF-TV, al considerar que “al resaltar exclusivamente las virtudes y capacidades (…) constituye una apología a su persona, lo cual (…) desvirtúa el género de entrevista. “Con lo que inicia la “calificación”” dé entrevistas, sujetas á sanción.
o El IFE, al intentar clarificar la realización o no de debates en la radiodifusión, publicó unas regias que dejan en mayor incertidumbre a los medios de comunicación. Nos preguntamos ¿cómo se debe entender que tos debates sólo se pueden hacer por un “ejercicio periodístico genuino? ¿Quién califica ese concepto?
o A esto se suma que la estación XHKG-TV en Nayarit fue sancionada precisamente por hacer debates, al imputársele una venta indebida de espacios a partidos políticos sin prueba alguna y basados en meras suposiciones. Se le acusó de hacer un fraude por haber preparado con “antelación” el debate y que el moderador saludara a los televidentes.
o Por si esto no fuera suficiente, el día de ayer el Tribunal ordenó sancionar a una televisora restringida, CB-Teleyiaón, al llevar, gratuitamente, los cierres de campaña de todos los partidos en Michoacán. Se argumentó para ello que tos programas especiales en materia policía están prohibidos, además de que el artículo 6° Constitucional, que salvaguarda la libertad de expresión, no aplica en materia electoral.
oY, finalmente, también ayer, el Tribunal ordenó sancionar a XHMT-TV, por la transmisión, desde Las Vegas, de una pelea de box entre Pacquiao y Márquez, al portar, este último, un logotipo de un partido político. Hay que señalar que quién generó la señal fue una empresa extranjera, HBO, y que ninguna televisora del mundo tenía derecho a editarla, incluyendo a la estación mexicana Pasan por alto que es imposible prever si en programas en vivo, desde México o el extranjero, alguien hará alusión a algún partido político.
El contexto aquí descrito, y en particular sus imborrables precedentes de sanción ya consumados, harán que por primera vez en la historia de nuestra democracia, cualquier ejercicio periodístico, ya sea de reportaje, debate, entrevista o transmisión deportiva sea juzgado por la autoridad y probablemente sancionado por ilegal.
La CIRT reafirma su compromiso de cumplir con las normas electorales. Por ello, en el presente proceso electoral existe un cumplimiento del 98% en la transmisión de tos spots de tos partidos políticos.
Pero, ante la gravedad de los hechos, se iniciará la presentación de denuncias ante organismos internacionales para defender la libertad de información de los mexicanos y la libre expresión de todos los comunicadores de la radiodifusión mexicana.
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